Que la bruja Ciriaca
era una <<trapisondera>> nadie lo cuestiona, al menos los
que nos ha tocado conocerla durante nuestra infancia. Valga el símil para igualar
las actuaciones de este <<títere>> con las actuaciones
de embrollos y enredos en materia de urbanismo que práctica nuestro Ayuntamiento.
Analizar la <<desvergüenza>> del Ayuntamiento en el comunicado
remitido a los medios en el sentido de que la información que facilité a los
medios de comunicación en relación con la Sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo
1 de Logroño elabora una interpretación descontextualizada e incorrecta de la
sentencia. Lo que deben saber los ciudadanos logroñeses es lo siguiente; lo
primero que el Ayuntamiento
de Logroño no respeta la ley ni los procedimientos legales en materia de
urbanismo. Si un vecino de Logroño hace una obra en su casa sin licencia, el
Ayuntamiento lo sanciona. Eso le ha pasado al mismo, ha sido primero sancionado
con 6010,12 euros por la Confederación Hidrográfica del Ebro, organismo gestor
de cuenca, por desviar el río Grande o Barranco de Oyón, sin la correspondiente
autorización administrativa, ni estar en el proyecto de obras del Campillo.
Sanción que ha recurrido a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Superior de Justicia de La Rioja a través de sus letrados, más gastos para nosotros
los logroñeses. Segundo el Juzgado le ha obligado a indemnizarme por inundarme
la vivienda con aguas fecales <<mierda>>
(comprueben su significado en el Diccionario de la Real Academia Española),
a la cantidad de 2510,25 euros y que deberá ser actualizada conforme al IPC
además de abonarse los oportunos intereses de mora desde la fecha del siniestro,
que puede acercarse a los 2900 euros aproximadamente, que vamos a pagar todos
los logroñeses, que no los miembros de la anterior Junta de Gobierno Local,
los cuales desestimaron mi reclamación administrativa en mayo de 2006 ni los
técnicos de urbanismo responsables. Debe analizarse ese <<pese
a todo el Ayuntamiento de Logroño cumplirá esta sentencia e indemnizará
a este ciudadano con la cantidad fijada por el juez>>. En primer lugar analizar
que la propia Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa no
elimina la prerrogativa tradicional de la inembargabilidad de los caudales públicos
( a la Administración no se le puede embargar), pero la propia LJCA arbitra
medidas indirectas suficientemente enérgicas sin duda lo es el incremento en
dos puntos del interés legal cuando sea necesario acudir a la ejecución forzosa
y se aprecie falta de diligencia en el cumplimiento de la condena pecuniaria.
Por otro lado puede dar gracias el Ayuntamiento a la benevolencia y magnanimidad
del Juez, pues de acuerdo con abundante y reiterada jurisprudencia del Tribunal
Supremo: " Procede la imposición de costas a la Administración, en atención
a la existencia de mala fe, cuando la notable falta de diligencia en el actuar
administrativo ha obligado a los recurrentes a acceder a la jurisdicción para
obtener el resarcimiento de los daños y perjuicios sufridos (STS 24 enero 1997).
Igualmente hay temeridad por parte de la Administración en los supuestos en
que se aprecia una actitud administrativa abusiva e indefendible, sosteniendo
criterios injustos y obligando al administrado a acudir al proceso para satisfacer
sus pretensiones (STS 23 abril 1994),entre otras, y como se refiere a este caso.
Así que el Ayuntamiento puede agradecer al juzgador, que éste no se haya pronunciado
sobre la base de los hechos, sobre las costas procesales. En las situaciones
conflictivas los ciudadanos solventamos nuestras diferencias mediante dos tipos
de procedimientos, uno diríamos el lógico y ajustado a Derecho mediante una
fórmula "heterocompositiva" de solución, es un tercero el que dirime el conflicto
(un árbitro, un juez), o también mediante otra fórmula, esta menos racional
"autocompositiva", el más fuerte impone su criterio a los demás. Visto el resultado
en mis discrepancias en el actuar municipal en materia de urbanismo y la contemporización
y benevolencia de la Jurisdicción, puede ser una solución acertada recabar los
servicios de Gorgorito, para que les "arree" con la estaca
y los meta en vereda.
Javier Muro García,
Logroño,
a 19 de Abril de 2008
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